NEWSLETTER
INICIO   QUIENES SOMOS NUESTRA MISION CONTACTENOS
Otros temas de interés...

¿Cuáles son los requisitos?
  • Viuda o viudo del fallecido .
  •  Conviviente del  fallecido: deberá a creditar haber convivido públicamente en aparente matrimonio durante por lo menos 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento.
  • Dicho plazo se reduce a 2 años cuando existan hijos reconocidos por ambos convivientes.
  • Hijo o hija  soltero hasta 18 años y que no goce de otro beneficio.
  • Hija viuda hasta 18  años y que no goce de otro beneficio.
  • Hijo o hija  incapacitado sin límite de edad, si al momento del fallecimiento del causante se encontraban incapacitados para el trabajo y a cargo del  fallecido  o incapacitados a la fecha en que cumplieran 18 años de edad.

 

NUEVO Talleres para trámites jubilatorios.
¿
Te ayudamos?

Docentes, Científicos, Diplomáticos y Jueces
Renta Vitalicia vs Retiro Programado


Copyright © 2001/2008 - Mi Jubilación - Todos los derechos reservados. Queda prohibida la reproducción total o parcial sin autorización.