¿Qué son los bienes gananciales?
Los bienes gananciales son los bienes que forman parte de la sociedad conyugal, o sea, los bienes que se adquieren durante el matrimonio del fallecido.
El cónyuge que sobrevive al otro recibirá el 50 % de los bienes como parte de la sociedad conyugal, no como heredera/o. Y la totalidad, o sea el 100% si no hay descendientes ni ascendientes (ni hijos, ni padres, del fallecido).
Si hay hijos, la otra mitad se divide entre la cantidad de hijos por partes iguales. Si existen cónyuge y ascendientes, recibe el cónyuge el 50% como socio de la sociedad conyugal y el otro 50% se dividen en partes iguales entre los ascendientes y el cónyuge.