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La Res 21/09 de la Secretaría de Seguridad Social amplió la Res. 41/05 SSS a fin de que se incluyan dentro de los alcances del Dto. 160/05 a docentes-investigadores con dedicación exclusiva de las Universidades Nacionales.

Hasta ahora los docentes más experimentados y con mayor trayectoria eran los que por tener dedicacion exclusiva y realizar tareas de investigación, se encontraban comprendidos dentro de los beneficios previsionales que otorga esta norma.

Pero, quedaban excluidos de estos beneficios los docentes con las mismas características que habían accedido a un cargo de gestión como autoridad universitaria, cargos que también requieren dedicación exclusiva, y tienen como condición para ocuparlos haber sido docente universitarios.

Desde ahora, se hacen extensivos estos beneficios al personal que sean docentes investigadores con dedicación exclusiva de las Universidades Nacionales en los períodos en que dichos docentes cumplan tareas de gestión, como autoridades universitarias, con retención del cargo docente que los incluye en la Ley Especial.

Por lo tanto, deberán continuar realizando los aportes diferenciados en los casos que correspondan y en caso que se haya suspendido ese pago deberán integrarlo desde la fecha de entrada en el desempeño como autoridad universitaria.

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